Dicha información está contenida en el Decreto 31/2017, de 5 de octubre, por el que se regula el Recurso Micológico Silvestre en Castilla y León. Este resumen no abarca todo el Decreto, cualquier duda y más información deberá ser contrastada con el texto completo publicado el 9 de octubre de 2017 en el Boletín Oficial de Castilla y León (nº 194), que es el único documento con validez jurídica.
Su aplicación se limita a hongos silvestres existentes en los terrenos no urbanos de Castilla y León, incluyendo trufas y los que se produzcan en plantaciones de especies forestales micorrizadas, así como todas las setas silvestres que se comercializan en nuestra Comunidad.
Las setas silvestres recogidas para consumo doméstico o fines medicinales también están reguladas por este decreto.
No obstante, recordaros que siempre debemos respetar el lugar y su entorno, así como las fincas privadas y sus gentes.
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